TRIBUTACIÓN

INTRODUCCIÓN

Tributar es contribuir al Estado, como un compromiso y una obligación ciudadana,
con el pago de impuestos en dinero, especies o servicios que servirán para financiar la
satisfacción de necesidades sociales, es decir, para ayudar a la economía nacional.
Antes de embarcarnos en el estudio de los aspectos específicos de la tributación, es
necesario remitirnos a la finalidad general de la economía del Estado y a los principios y
valores que deben enmarcar la actividad económica fiscal.

Por ello, hablaremos sobre los objetivos de las políticas económicas estatales y los mecanismos 
con que dichas políticas accionan en la vida económica de todos las ciudadanas y ciudadanos
ecuatorianos.

OBJETIVOS
  • Identificar el objetivo fundamental de la economía estatal. 
  • Reconocer las principales metas que deben orientar una política económica.
  • Nombrar los mecanismos utilizados para conseguir los objetivos de una política económica.
  • Apreciar el manejo responsable de las políticas económicas como clave para el cumplimiento de objetivos de desarrollo nacional.
  • Valorar la planificación para el sostenimiento de la economía nacional. 
  • Reconocer y exigir el derecho a estar informado de las políticas económicas estatales y al rendimiento de cuentas de las autoridades.
EL GRAN OBJETIVO DE LA ECONOMÍA
La Economía es la ciencia que estudia los métodos más eficaces para satisfacer las necesidades humanas materiales, y administrar razonablemente el conjunto de bienes y actividades que integran la riqueza de una colectividad o un individuo. La economía estatal tiene como objetivo resolver los problemas de la comunidad y crear las condiciones necesarias para el desarrollo de la nación. Para ello, el Estado desarrolla políticas económicas. Una política es la forma en que se conduce un asunto o se emplean los medios para alcanzar un fin determinado, las orientaciones o directrices que rigen la actuación de una entidad en un asunto o un campo específico.
 En este caso, se trata del Estado respecto de la economía, es decir, de políticas económicas estatales. La formulación de la política económica de un Estado comprende dos procedimientos, dependientes el uno del otro: 
1. La determinación de los objetivos que se quieren alcanzar.
2. La elección de los instrumentos que se utilizarán para conseguir los objetivos determinados.
EQUIDAD Y DESARROLLO

Art. 284.- La política económica tendrá los siguientes objetivos: 
1. Asegurar un adecuada distribución del ingreso y de la riqueza nacional. 
2. Incentivar la producción nacional, la productividad y competitividad sistémicas, la acumulación del conocimiento científico y tecnológico, la inserción estratégica en la economía mundial y las actividades productivas complementarias en la integración regional.
 3. Asegurar la soberanía alimentaria energética. 
4. Promocionar la incorporación del valor agregado con máxima eficiencia, dentro de los límites biofísicos de la naturaleza y el respeto a la vida y a las culturas. 
5. Lograr un desarrollo equilibrado del territorio nacional, la integración entre regiones, en el campo, entre el campo y la ciudad, en lo económico, social y cultural. 
6. Impulsar el pleno empleo y valorar todas las formas de trabajo, con respeto a los derechos laborales. 7. Mantener la estabilidad económica, entendida como el máximo nivel de producción y empleo sostenibles en el tiempo.
8. Propiciar el intercambio justo y complementario de bienes y servicios en mercados transparentes y eficientes. 
9. Impulsar un consumo social y ambientalmente responsable.

PRINCIPALES RETOS DE LA POLÍTICA ECONÓMICA
La política económica del Estado ecuatoriano tiene tres objetivos que responden a los principios de eficiencia, equidad, sustentabilidad y calidad: 
• Desarrollo económico Es la evolución progresiva de una economía hacia mejores niveles de vida. La organización y el funcionamiento de la política económica deben asegurar a los habitantes una vida digna e iguales derechos y oportunidades para acceder al trabajo, a los bienes y servicios y a la propiedad de los medios de producción, lo cual incidirá en el mejoramiento de su calidad de vida.
• Estabilidad económica Es el sostenimiento o el incremento de los niveles de empleo, el mantenimiento estable de los precios de los bienes y servicios y el equilibrio de la balanza de pagos. 
• Eficiencia distributiva Es lograr la equidad en la distribución del ingreso público entre unidades territoriales y unidades familiares, es decir, administrar adecuadamente el ingreso fiscal para devolverlo equitativamente a la colectividad, en obras y servicios de calidad que beneficien a todos.

HECHO DE VIDA
El mundo está lleno de desigualdades. Las tres personas más ricas del mundo (Bill Gates, Carlos Slim y Warren Buffet) tienen activos que superan el ingreso público combinado de los 48 países menos adelantados del mundo. Los 225 personajes más ricos del mundo acumulan una riqueza equivalente a la que tienen los 2 500 millones de habitantes más pobres (el 47 % de la población del planeta). Siguiendo una política económica equitativa y justa, los impuestos que pagan estos multimillonarios deben ser proporcionales a su riqueza para que, con eficiencia distributiva, los ciudadanos de los Estados en los que tributan, sean altamente beneficiados gracias al principio de equidad.
Malnutrición - EcuRed
INSTRUMENTOS DE ACCION
Un instrumento es aquello que sirve de medio para hacer algo o conseguir un fin; los mecanismos de los que se sirve la política económica para la consecución del desarrollo, la estabilidad y la eficiencia distributiva son: 
• Una política monetaria Es un conjunto de medidas diseñadas para controlar y regular el sistema financiero, la banca y el sistema monetario, con el fin de conseguir la estabilidad del valor del dinero, evitar una balanza de pagos adversa y garantizar la liquidez.
 • Una política fiscal Es un conjunto de medidas diseñadas para recaudar los ingresos necesarios para el funcionamiento del Estado y dar cumplimiento a su fin social. 
La política fiscal tiene dos componentes: el gasto público y los ingresos públicos, ambos forman el presupuesto general del Estado, que es programado por cada gobierno.
 El propósito de la política fiscal es dar estabilidad al sistema económico mediante su planificación y programación. Se produce un cambio en la política fiscal cuando el gobierno altera sus programas de gasto o de ingreso.
 La tributación es parte de la política fiscal como un componente de los ingresos públicos.

RESPONSABILIDAD
La responsabilidad de los gobernantes es un tipo de responsabilidad legal o jurídica, sin embargo, la responsabilidad política también es evaluada por los ciudadanos cuando, asumiendo el papel de electores, valoran el uso que los gobernantes han hecho del poder. El juicio de valor que un gobernado atribuye a los actos de poder constituye, en efecto, una manera de evaluar la responsabilidad política que es fundamental para la vida democrática. La política tiene una función social y, precisamente porque los políticos tienen una labor directiva, de ellos ha de venir al país un ejemplo de moralidad privada y pública, de honradez, de sobriedad de vida, de trabajo y de consagración al bienestar nacional.
La elaboración de la política económica exige que los servidores públicos sean responsables. La irresponsabilidad del servidor público genera ilegalidad, inmoralidad social y corrupción; tampoco hay responsabilidad cuando no se puede exigir fácil, práctica y eficazmente el cumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos.
TALLER UNO EN EL CORREO

EL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO
El presupuesto general del Estado es el principal documento económico de la nación, es el resultado final de una estrategia económica elaborada por el gobierno y es el instrumento imprescindible de la política económica. Está conformado por dos componentes: el ingreso público y el gasto público; del equilibrio de estos dos elementos depende el buen funcionamiento de la economía del Estado. En este capítulo hablaremos sobre su composición, los criterios que intervienen en su planificación y sobre los resultados de su aplicación.

LO QUE VAMOS A LOGRAR
Conceptualmente 
• Identificar los componentes del presupuesto general del Estado. • Diferenciar lostipos de ingresos que tiene el Estado.
• Diferenciar las clasificaciones del gasto del Estado. 
• Reconocer los diferentes escenarios del resultado de la aplicación del presupuesto general del Estado o resultado fiscal: en el que son posibles tres escenarios. 
• Identificar los partícipes del ingreso del Estado que no constan en el presupuesto general. 
• Nombrar los criterios económicos que deben tomarse en cuenta para la elaboración y el manejo del presupuesto general del Estado.
En actitudes y valores 
• Valorar la prioridad de la inversión social en el presupuesto general del Estado. 
• Reconocer la importancia de la tributación para el presupuesto general del Estado.  
PRESUPUESTAR LA GRAN TAREA
Un presupuesto es el cómputo anticipado de los egresos y las rentas de una entidad o una persona; en él se determina la cantidad necesaria de dinero para hacer frente a los gastos futuros, tomando en cuenta aquello de lo que se dispone como recurso. A nivel de país se elabora un presupuesto general del Estado, que es un instrumento básico para poner en práctica la política económica de un gobierno. Para su elaboración, se necesita un proceso de toma de decisiones sobre la asignación que ha de hacerse de los recursos disponibles, orientada por los objetivos de la política económica —que, en general, son de satisfacción de las necesidades de la sociedad—.
 La dificultad de la planificación de la asignación de los recursos se encuentra en priorizar las necesidades nacionales, es decir, en la determinación de su importancia de atención, esto es lo que cambia el presupuesto planificado por un gobierno del planificado por otro. El presupuesto general del Estado es elaborado y ejecutado por cada gobierno para su período de ejercicio por lo que se proyecta para varios años. La Constitución señala que debe ser aprobado por la Asamblea Nacional con el fin de que sea el resultado de un acuerdo y una estrategia conjunta entre diversas fuerzas políticas y sociales del país. 
COMO SE COMPONE EL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO
El presupuesto general del Estado está compuesto por dos elementos; el ingreso público, que representa los activos de su economía y los bienes o valores que recibe el Estado en un período determinado —generalmente en un año— ; y el gasto público, que representa los pasivos de la economía o los rubros que se asignan para su funcionamiento y el sostenimiento de las necesidades colectivas.
 El ingreso público está conformado por: 
• Los ingresos petroleros: percibidos por la exportación de barriles de petróleo y la venta interna de sus derivados, como la gasolina y el diesel. 
• Los ingresos no petroleros tributarios: consisten en los impuestos administrados por el Servicio de Rentas Internas: el impuesto a la renta, el impuesto al valor agregado (IVA), el impuesto a los consumos especiales (ICE), el impuesto a la herencia, el impuesto a la salida de divisas, el impuesto a los activos en el exterior, y el impuesto a los vehículos motorizados de transporte terrestre. También son ingresos tributarios los aranceles o los impuestos a las importaciones que son administrados por la Corporación Aduanera Ecuatoriana (CAE). 
• Los ingresos no petroleros no tributarios: son los percibidos por concepto de multas, e intereses y aquellos generados por la autogestión de las entidades y empresas estatales, como el cobro por las cédulas en el Registro Civil, por las consultas en los hospitales públicos o por la venta de servicios como la electricidad.
ESTADISTICAS MACROECONÓMICAS SECTOR FISCAL
PARTICIPACION DE TODOS
El pago de tributos puede parecer molestoso, sin embargo, al cumplir con esa obligación estamos participando en la construcción del Ecuador que queremos. Para cumplir puntualmente con nuestra responsabilidad tributaria debemos fortalecer nuestra disciplina y conocer sobre nuestras obligaciones como contribuyentes. Todos los ecuatorianos debemos formarnos en cultura tributaria.

EL INGRESO PUBLICO. CLASIFICACIONES
Otras clasificaciones de los ingresos públicos se realizan de acuerdo con los siguientes criterios: 
Por la periodicidad 
• Ingresos ordinarios: son aquellos que el Estado percibe de manera constante o permanente. 
• Ingresos extraordinarios: son los que se reciben en circunstancias especiales, como por ejemplo, por una donación internacional. 
Por el origen
• Ingresos originarios o de derecho privado: son los que obtiene al participar de dividendos de empresas del sector privado o por arrendamientos de inmuebles de su propiedad. 
• Ingresos derivados o de derecho público: son aquellos que recibe por la naturaleza de su potestad o poder, es decir, por su facultad de imponer tributos.
Otra clasificación común 
Ingresos patrimoniales: son los que se obtienen por concepto del usufructo de los bienes o pertenencias estatales, como los arrendamientos y dividendos de participación.
Ingresos empresariales: son los percibidos cuando el Estado realiza un trabajo o una gestión de tipo oneroso o cuando cobra un precio por un servicio prestado, al que se denomina tasa.
Ingresos tributarios: son los obtenidos por la recaudación de impuestos como el IVA o el impuesto a la renta. 
Ingresos gratuitos: son los valores que se reciben sin esperar una retribución, es decir, las donaciones. 
Ingresos por sanciones: son los recaudados por concepto de las multas o los intereses que la Ley determina que deben pagar las personas naturales o ciudadanos y las sociedades o empresas que han cometido infracciones. 
• Ingresos por préstamos: son ingresos percibidos por la devolución de valores que habían sido entregados a terceros por el Estado en calidad de créditos. 
• Ingresos por emisiones monetarias: son los valores obtenidos por la emisión de papeles fiduciarios.
HASTA AQUI-10-6-2021

EL GASTO PUBLICO. CLASIFICACIONES

El gasto público esta conformado por:

  • El gasto corriente: es el principal rubro de egreso programable, lo constituyen las erogaciones o reparticiones que necesitan todas las entidades estatales para funcionar; incluye el pago de sueldos y salarios de los funcionarios, la adquisición de insumos y el financiamiento de las tareas especificas de cada entidad. Ejemplo: Operativos Policiales.
  • El gasto de capital: son inversiones en obra pública, sobretodo en cuanto a infraestructura, es decir, a la construcción de escuelas, hospitales y puentes, entre otras Estas obras son inversiones pues deben contribuir al crecimiento de la economía y la productividad.
  • El pago de la deuda: es el rubro que se debe pagar por concepto de amortización o pago de intereses de capitales que el país ha recibido como préstamo.
Otra clasificación del gasto público se hace de acuerdo con el destino que se asigna a los rubros:
  • Gasto en servicios públicos: todos los rubros destinados a la defensa nacional, la seguridad interna, el servicio exterior (embajadas y consulados), el cuidado del medio ambiente y la administración de justicia.
  • Gasto social: rubros para la educación, la salud, la infraestructura básica y el desarrollo comunitario.
  • Gasto de administración del Estado: gastos generados por el funcionamiento de los ministerios y sus entidades adscritas, las asignaciones a los gobiernos seccionales (municipios, gobernaciones y consejos provinciales) y las entidades autónomas del Estado, como el Banco Central del Ecuador, el Servicio de Rentas Internas y la Corporación Aduanera Ecuatoriana.
HASTA AQUI 17-06-2021
BENEFICIARIOS DIRECTOS O PARTICIPES

Con el rendimiento de los impuestos establecidos en la Ley, se realizan compensaciones con cargo al Presupuesto General del Estado o al Fondo de Desarrollo Seccional (FODESEC) en el caso de los Organismos Seccionales, Universidades y Escuelas Politécnicas; para lo cual el Ministerio de Economía y Finanzas toma en cuenta el aumento de las recaudaciones y el incremento de la base imponible de los
impuestos.  

EL RESULTADO FISCAL

Todo presupuesto tiene que ser evaluado mediante un balance, una confrontación entre el dinero activo y el dinero pasivo, que determina el estado de la economía o el negocio. En el caso del Presupuesto General del Estado, este análisis arroja el resultado fiscal en el que son posibles tres escenarios:
• Superávit: cuando los ingresos son mayores que los gastos.
• Déficit: cuando los gastos son mayores que los ingresos.
• Equilibrio: cuando los ingresos y los gastos son iguales.
La política fiscal debe siempre orientarse a un equilibrio, en el que los gastos se limiten al nivel de los ingresos.

Consideraciones importantes sobre el Presupuesto:
  • Los ingresos del Estado deben servir para financiar la satisfacción de las necesidades de la población.
  • El endeudamiento se ha dado porque los ingresos propios del  Estado no fueron suficientes para cubrir el gasto público.
  • No se debe financiar el gasto corriente mediante el endeudamiento público.
  • HASTA AQUI 24-06-2021
TEORIA GENERAL DE LA TRIBUTACION Y LOS TRIBUTOS

La tributación es un concepto que se articula alrededor de algunos principios básicos, que provienen de varios enfoques: económico, jurídico, administrativo, social, entre otros. En este capítulo abordaremos algunas de estas orientaciones de la teoría de la tributación. 
También hablaremos del concepto de tributo y de su clasificación hecha por la legislación de nuestro país.

Lo que voy a lograr:

Conceptualmente
• Identificar los principios que deben orientar los sistemas tributarios.
• Reconocer el principal objetivo de la política tributaria.
• Definir el término tributo.
• Nombrar los tipos de tributos que establece el Código Tributario.
En actitudes y valores
• Valorar los principios modernos de la tributación como generadores de características deseables
de la política tributaria.
• Reconocer la necesidad de una orientación axiológica de la tributación.
• Apreciar los valores relacionados con los principios que deben orientar la política tributaria.
ORIENTACION DE LA POLITICA TRIBUTARIA
Como un componente de la política fiscal, la tributación está principalmente destinada a producir ingresos, para el presupuesto público, que financien el gasto del Estado. Esta función de la política tributaria debe estar orientada por algunos principios fundamentales sobre la imposición que se han enunciado, evolucionado y probado a través del tiempo, estos sirven de pautas para el diseño de los
sistemas tributarios. Mientras más apegada a ellos es una política tributaria, los resultados de
su aplicación, son más deseables y favorables, tanto para el Estado como para los ciudadanos.
Un poco de historia
Desde los tiempos más remotos han existido tributos, el modelo tributario indica, ineludiblemente,
el modelo económico. Las formas de imposición han evolucionado junto con la historia de la humanidad. En los sistemas imperiales, monárquicos y coloniales la tributación era injusta y excesiva, por eso los asuntos tributarios son considerados por los historiadores como una de las principales causas de guerras, revoluciones y decadencia de las civilizaciones.
El deterioro de la antigua civilización egipcia fue consecuencia, en parte, de intolerables impuestos
que detuvieron el proceso productivo. La decadencia del imperio romano tuvo entre sus principales causas la excesiva carga fiscal a los habitantes del imperio.
La Revolución francesa surgió también como consecuencia de un descontento ante los elevados
impuestos. La lucha por la independencia de las colonias inglesas en América del Norte tuvo como causa problemas tributarios y una de las causas de la lucha por la independencia de nuestros
países hispanoamericanos fue precisamente la desigual carga tributaria que los indígenas
y mestizos tenían que pagar al entonces gobierno español.
Hoy, el pago de tributos es considerado como un compromiso ético y solidario que tendrá retribución
directa en el bienestar de la sociedad.

PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA TEORIA DE LA TRIBUTACIÓN 
De cada uno de los principios que guían la teoría de la tributación surgen importantes características que debe reunir una política tributaria. A continuación se enumeran los principios y las características que cada uno aporta a la política fiscal.
Principio de suficiencia: hace referencia a la capacidad del sistema tributario de recaudar una cantidad de recursos adecuada o suficiente para solventar el gasto del Estado. Una política tributaria que cumple
con este principio debe tener, además, como características:
• Generalidad de los tributos, es decir, que sean para todos.
• Determinación justa de las exenciones, es decir, de quienes no pagan ciertos tributos.
• Amplitud de las bases económicas y de los sujetos alcanzados por los tributos.
Principio de equidad: hace referencia a que la distribución de la carga tributaria debe estar en correspondencia y proporción con la capacidad contributiva de cada sujeto de tributación o contribuyente. Una política tributaria que cumple con este principio tiene como características:
• Imposiciones graduadas de acuerdo con las manifestaciones de bienestar económico del contribuyente.
• Creación de categorías o clasificaciones de contribuyentes.
• Reconocimiento de que igualdad jurídica no significa indiferenciación tributaria.
HASTA AQUI - 01-07-2021
RECORDEMOS
Todo ordenamiento jurídico tributario debe estar en concordancia con los principios orientadores de la teoría tributaria, la mayoría de estos principios son parte de los derechos inalienables de las personas
que las constituciones y los tratados internacionales recogen.

Principio de neutralidad: hace referencia a que la aplicación de los tributos no debe alterar el comportamiento económico de los contribuyentes, a la necesidad de atenuar el peso de consideraciones de materia tributaria en las decisiones de los agentes económicos.
Una política tributaria que cumple con este principio tiene como características:
• Poca interferencia de la tributación en el funcionamiento del mercado.
• Evita que se generen distorsiones en la asignación de recursos para las actividades económicas de la población debido a la presencia de los tributos.
Principio de simplicidad: hace referencia a que el sistema tributario debe contar con una estructura técnica que le sea funcional, que imponga solamente los tributos que capten el volumen de recursos que justifique su implantación y sobre bases o sectores económicos que tengan una efectiva capacidad contributiva.
Una política tributaria que cumple con este principio tiene como características:
• Costos no elevados y justificados de cumplimiento por parte de los contribuyentes y de control por parte de la administración tributaria.
• Transparencia en la administración tributaria.
• Conocimiento de los contribuyentes sobre las obligaciones tributarias.

¿QUE SON LOS TRIBUTOS?
Los tributos son prestaciones en dinero, bienes o servicios, determinados por la Ley, que el Estado Recibe como ingresos en función de la capacidad económica y contributiva del pueblo, los cuáles están encaminados a financiar los servicios públicos y otros propósitos de interés general.
Los tributos en nuestro país están dispuestos y regulados por la Ley en el Código Tributario. Son de Varias clases y pueden gravar o imponerse sobre el consumo o el gasto de los contribuyentes, sobre sus fuentes de ingreso económico y por concepto de un servicio prestado por el Estado.
Aunque se utiliza el término impuesto como sinónimo de tributo, la legislación ecuatoriana determina que los impuestos son uno de los tipos de tributos junto con las tasas y las contribuciones.
La participación ciudadana es una actitud que implica asumir compromisos y ponerlos en práctica para aportar al mejoramiento de la sociedad, se concreta en acciones tendientes a buscar el bien de la comunidad. Implica tomar conciencia respecto de las consecuencias sobre nosotros mismos y sobre los demás, de lo que hacemos o dejamos de hacer, consiste en reconocer que somos dueños de nuestros
actos libremente realizados y, por lo tanto, aceptamos las consecuencias que se deriven de ellos.
El pago de tributos es una forma de participación ciudadana. Si cada ciudadano y ciudadana, si cada empresa, participara mediante el pago de sus tributos, el desarrollo del país sería más acelerado.
Cuando los que tienen la obligación de pagar tributos tardan en hacerlo o no lo hacen, están dejando de participar en su propio bienestar.
El incumplimiento origina que las obras públicas no se puedan realizar o no se concluyan; que los servicios esenciales para la sociedad, como educación, salud, seguridad, entre otros, sean deficientes e incompletos; que, injustamente, su costo lo lleven aquellos que sí participan con su aporte al sostenimiento de la vida en sociedad; y que para poder cubrir los gastos que generan sus funciones y objetivos el Estado se vea en la necesidad de obtener dinero por otros medios —deuda externa—.
HASTA AQUI 8-7-2021
VARIAS MANERAS DE TRIBUTAR
Nuestro Código Tributario acoge una clasificación tripartita de los tributos, y establece que se entiende por tributos a:
1. Los impuestos: son contribuciones que se pagan por vivir en sociedad, no constituyen una obligación contraída como pago de un bien o un servicio recibido, aunque su recaudación pueda financiar determinados bienes o servicios para la comunidad. Los impuestos podrían ser considerados como
los tributos de mayor importancia en cuanto a su potencial recaudatorio y a diferencia de los otros tipos de tributos se apoyan en el principio de equidad o diferenciación de la capacidad contributiva.
2. Las tasas: son tributos exigibles por la prestación directa de un servicio individualizado al contribuyente por parte del Estado, esta prestación puede ser efectiva o potencial —en cuanto a que si el servicio está a disposición, el no uso no exime su pago—.
Las tasas se diferencian de los precios por ser de carácter obligatorio por mandato de la Ley.
3. Las contribuciones especiales o de mejoras: son pagos a realizar por el beneficio obtenido por una obra pública u otra prestación social estatal individualizada, cuyo destino es la financiación de ésta.

UN POCO DE HISTORIA. ELLOS CONTRIBUIAN CON TRABAJO
EN EL IMPERIO INCA. Los tributos eran pagados en especies o en trabajo personal público, periódico y rotativo, al que se denominaba mita. El tiempo de la mita era variable y podía extenderse por varios
años. De este servicio, obligatorio entre los 18 y los 50 años, estaban exentos los artistas y los artesanos. El sistema de la mita era utilizado para hacer trabajos en las minas, en el empedramiento de calles, en la excavación y la limpieza de canales, en la construcción de caminos y puentes, en la edificación de palacios y templos, en el transporte de bienes y en el levantamiento de silos.
También para los mayas, aunque tenían una aproximación al dinero que era el grano del cacao, el tributo se pagaba en forma de trabajo gratuito. La construcción de edificios públicos representaba un tipo de pago. Muchas personas en la sociedad maya, estaban exentas de pagar tributo: la nobleza, el sacerdocio y los funcionarios civiles y militares, que vivían de lo que pagaban los hombres de condición social inferior, además de que las ciudades pequeñas pagaban tributos a las ciudades estado mayores.
LA LEY Y EL SRI
LA OBLIGACION TRIBUTARIA Y LA CONSTITUCION DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS
La imposición y el pago de tributos en el Ecuador es una obligación determinada por la Ley. La obligación tributaria tiene varios elementos que la conforman, en este capítulo abordaremos cada uno de ellos: la Ley en sí misma, los actores que en ella intervienen y el hecho que la genera.
Hablaremos sobre la institución encargada de la ejecución de la política tributaria, es decir, la recaudación de los tributos: el Servicio de Rentas Internas (SRI). Conoceremos la visión y la misión que definen su labor.
LO QUE VOY A LOGRAR
Conceptualmente
• Definir la obligación tributaria.
• Conocer qué es la cultura tributaria.
• Identificar qué elementos conforman la obligación tributaria.
• Identificar las facultades, las atribuciones, la visión, la misión y las obligaciones del SRI.
En actitudes y valores
• Valorar la Ley como elemento imprescindible de funcionamiento de toda sociedad.
• Reconocer la mejora cualitativa de la recaudación y la administración tributaria a partir de la creación del SRI.
• Apreciar la orientación ética del Servicio de Rentas Internas.
UNA OBLIGACION LEGAL. EL ESTADO Y LA CIUDADANIA
Entre el Estado ecuatoriano y la ciudadanía existen varias relaciones jurídicas. Una de ellas es la obligación tributaria, esta relación personal convierte a los ciudadanos y ciudadanas en contribuyentes, es decir, responsables del pago de tributos, ya sea en efectivo, servicios o especies.
La obligación tributaria es una exigencia legal con el Estado y las entidades acreedoras, un vínculo establecido por precepto de Ley que sujeta a las y los ecuatorianos a pagar tributos.
Elementos de la obligación tributaria 
Conceptualmente la obligación tributaria está constituida por varios elementos:
1. La Ley: para establecer, modificar o extinguir un tributo, el Estado tiene la potestad exclusiva de emitir leyes; todo tributo se determina a través de leyes, no hay tributo sin ley. Las leyes tributarias tienen como objetivo financiar al Estado ecuatoriano. Estos fondos serán destinados a la producción y
el desarrollo social procurando siempre la adecuada distribución de la riqueza.
Las leyes tributarias determinarán los bienes o servicios gravados con impuestos, los sujetos activo y pasivo que intervienen en la tributación, la cuantía del tributo y la forma de establecerla, las exenciones, las deducciones y los reclamos o recursos que deban concederse.
2. El hecho generador: es el momento o la actividad que la Ley establece para que se configure cada tributo.
3. El sujeto pasivo: es toda persona natural o jurídica a quien la Ley exige tributos, es en quien reside la obligación tributaria.
El sujeto pasivo puede ser contribuyente o responsable:
• Contribuyente es quien, según la Ley, debe soportar la carga tributaria al darse el hecho generador, es decir, cuando reúne las características establecidas en la legislación tributaria. 
• Responsable es la persona natural o jurídica que, sin tener la calificación de contribuyente, debe cumplir las obligaciones atribuidas a este por disposición expresa de la Ley; como en el caso de los
responsables por representación y por sucesión. También son responsables los representantes legales.
4. El sujeto activo: es la contraparte del sujeto pasivo, el ente acreedor de los tributos, es el Estado, como gobierno nacional representado por el Servicio de Rentas Internas o como gobierno seccional —consejos provinciales, municipios y otros acreedores fiscales locales—.
LA LABOR DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS
El Servicio de Rentas Internas (SRI) es, en Ecuador, la entidad que tiene la responsabilidad de recaudar los tributos internos establecidos por Ley. Su finalidad es la de consolidar la cultura tributaria en el país para incrementar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias de los contribuyentes.
El SRI tiene a su cargo la ejecución de la política tributaria del país en lo que se refiere a los impuestos internos. Para ello cuenta con las siguientes facultades:
• Determinar, recaudar y controlar los tributos internos.
• Difundir y capacitar al contribuyente respecto de sus obligaciones tributarias.
• Preparar estudios de reforma a la legislación tributaria.
• Aplicar sanciones.
LOS OBJETIVOS DEL SRI SON:
1. Incrementar anualmente la recaudación de impuestos con relación al crecimiento de la economía.
2. Diseñar propuestas de política tributaria orientadas a obtener la mayor equidad, fortalecer
la capacidad de gestión institucional y reducir el fraude fiscal.
3. Lograr altos niveles de satisfacción en los servicios al contribuyente.
4. Reducir los índices de evasión tributaria y procurar la disminución de mecanismos de elusión de impuestos.
LO QUE HACE EL SRI
Para fomentar la cultura tributaria en la sociedad ecuatoriana y prestar servicios de calidad a los ciudadanos y las ciudadanas, a fin de lograr el correcto cumplimiento de sus obligaciones, el SRI orienta su acción así:
Misión
Promover y exigir el cumplimiento de las obligaciones tributarias, en el marco de principios éticos y legales, para asegurar una efectiva recaudación que fomente la cohesión social.
Visión
Ser una institución que goce de confianza y reconocimiento social por hacerle bien al país.
Hacer bien al país por nuestra transparencia, modernidad, cercanía y respeto a los derechos de los ciudadanos y contribuyentes. 
Hacer bien al país porque contamos con funcionarios competentes, honestos, comprometidos
y motivados.
Hacer bien al país por cumplir a cabalidad la gestión tributaria, disminuyendo significativamente
la evasión, la elusión y el fraude fiscal.
CLASIFICACIÓN DE LOS CONTRIBUYENTES Y SUS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS
Todas las ciudadanas y ciudadanos ecuatorianos que realicen actividades económicas son contribuyentes y tienen obligaciones tributarias. La legislación tributaria ecuatoriana establece dos tipos de contribuyentes. Conoceremos las características que los determinan y diferencian, así como cada una de las obligaciones tributarias prácticas que se derivan de esta condición.
VARIOS TIPOS DE CONTRBUYENTES
En nuestro país son contribuyentes tanto los individuos como las empresas, organizaciones o instituciones. El nivel de ingresos que obtiene anualmente cada contribuyente indica si deben o no llevar contabilidad. Los tipos de contribuyentes son: 1. Personas naturales Son todos los individuos nacionales y extranjeros que realizan actividades económicas en nuestro país. Aquellas personas naturales obligadas a llevar contabilidad, son todos los individuos nacionales y extranjeros que realizan actividades económicas en nuestro país y cuyos ingresos son mayores a $ 350 000 al año, o su capital de trabajo sea mayor 
RESISTENCIA A LA TRIBUTACION
Históricamente, los Estados han tenido que enfrentar la resistencia a la tributación por parte de los contribuyentes. En la antigüedad, debido a la injusta carga impositiva la tributación fue constante y en algunos casos violenta. Hoy, pese a que la concepción de la tributación ha cambiado y se basa en principios de equidad y solidaridad, la resistencia sigue siendo uno de los problemas con los que se enfrenta la administración tributaria.
 ¡Muchas personas no quieren pagar impuestos! Para facilitar el cumplimiento voluntario de las obligaciones, el SRI ha implementado varias estrategias: ofrecer efectividad, eficiencia y agilidad, servicios mejorados y estandarizados con ayuda de herramientas digitales, una política abierta de comunicación externa que permita abrir nuevos espacios de relación con los contribuyentes y la formulación y la aplicación de programas para el fortalecimiento de la cultura tributaria, dirigidos a los diferentes sectores de la población.
De esta manera, se procura que el desconocimiento no sea la causa de la resistencia a la tributación para lograr un cambio en la ciudadanía: la aceptación y la interiorización de la importancia de nuestra participación en la economía del país, a través del pago de TRIBUTOS.
NUESTRAS RESPONSABILIDADES
Las obligaciones tributarias de los contribuyentes que establece la Ley son las siguientes: 
 1. Obtener su Registro Único de Contribuyente (RUC). Este registro acredita a la persona oficialmente para que pueda realizar una actividad económica de manera legal.
 ¿Cuándo se debe sacar el RUC? Al iniciar una actividad económica, toda persona tiene la obligación de acercarse a las oficinas del SRI y obtener el RUC. ¿Hay algún plazo para sacar el RUC? El plazo máximo es de 30 días hábiles después de haber iniciado la actividad económica. 
2. Impresión y emisión de comprobantes de venta. Por todo pago obtenido al realizar una transacción comercial, es obligación de los contribuyentes emitir un comprobante de venta; este documento sirve de registro de los bienes o servicios comprendidos en una venta u otra operación de comercio para llevar su cuenta detallada, con expresión de número, peso o medida, calidad, valor o precio y carga tributaria. ¿Cómo obtengo el permiso de facturación? El permiso de facturación lo otorga el SRI a través de los establecimientos gráficos autorizados (imprentas autorizadas), a los que el contribuyente deberá acercarse con su RUC y solicitar la impresión de comprobantes.
RISE (REGIMEN IMPOSITIVO SIMPLIFICADO DEL ECUADOR)
El RISE es un sistema impositivo cuyo objetivo es facilitar y simplificar el pago de impuestos de un determinado sector de contribuyentes. Entre sus principales beneficios podemos mencionar los siguientes:
 • El contribuyente no necesita hacer declaraciones, por lo tanto se evita los costos por compra de formularios y por la contratación de terceras personas, como tramitadores, para el llenado de los mismos. • Se evita que le hagan retenciones de impuestos. • Se entregan comprobantes de venta simplificados en los cuales solo se llenará fecha y monto de venta. • No existe la obligación de llevar contabilidad. • Por cada nuevo trabajador que se incorpore a la nómina y que sea afiliado en el IESS, el empleador podrá descontar un 5% de su cuota, hasta llegar a un máximo del 50% de descuento. Se pueden inscribir en el RISE las personas naturales, cuyos ingresos no superen los USD 60,000 dentro de un período fiscal, es decir entre el 1 de enero hasta el 31 de diciembre. De igual forma, una persona que se encuentra inscrita en el RUC, si puede incorporarse al RISE siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos por la Ley.
 ¿Cuáles son las condiciones y requisitos que debe cumplir una persona que quiera acogerse al RISE? Condiciones: 
• Ser persona natural.
 • No tener ingresos mayores a USD 60,000 en el año.
 • No dedicarse a alguna de las actividades restringidas. 
• No haber sido agente de retención durante los últimos 3 años. Requisitos: 
• Presentar Cédula de ciudadanía original y entregar copia a color de la misma. 
• Presentar último certificado de votación. 
• Presentar la factura de agua, luz o teléfono, o algún documento que certifique el domicilio del local comercial o la vivienda. 
No pueden ingresar al RISE: 
• Agenciamiento de bolsa.
• Almacenamiento de productos de terceros. 
• Agentes de aduana. • Comercialización y distribución de combustibles. 
• Casinos, Bingos, Salas de juego. • Publicidad y propaganda. 
• Organización de espectáculos. 
• Libre ejercicio profesional. 
• Producción y comercialización de bienes ICE. 
• Imprentas autorizadas por el SRI.
• Corretaje de bienes raíces. 
• De comisionistas. 
• De arriendo de bienes inmuebles. 
• De alquiler de bienes muebles. 
El RISE establece el pago de una cuota que sustituye la declaración y pago del Impuestos

BENEFICIOS TRIBUTARIOS
BENEFICIOS TRIBUTARIOS DE PERSONAS DE TERCERA EDAD
La Constitución de la República del Ecuador en su Capítulo tercero establece los derechos de las personas y grupos de atención prioritaria, en los que se encuentran las personas adultas mayores, entendiéndose como tales aquellas personas que han cumplido los sesenta y cinco años de edad. En el artículo 37 de la Constitución se enumeran los derechos de las personas adultas mayores que el Estado debe garantizar. “Art. 37.- El Estado garantizará a las personas adultas mayores los siguientes derechos: (…) 5. Exenciones en el régimen tributario.” El Servicio de Rentas Internas define al gasto tributario como un sacrificio recaudatorio que hace el Estado en incentivos y beneficios, aplicados a determinados contribuyentes como apoyo para la consecución de los objetivos de la política económica y tributaria. En este aspecto, se publica anualmente en la página web institucional el Manual de Gasto Tributario, con la estimación de los incentivos y beneficios que la normativa tributaria contempla tanto para grupos prioritarios como sectores estratégicos, de este documento se toma las siguientes definiciones:  Beneficios tributarios. - son medidas legales que suponen la exoneración o una minoración del impuesto a pagar, y cuya finalidad es dispensar un trato más favorable a determinados contribuyentes o consumos. Esta discriminación positiva se fundamenta en razones de interés público, equidad y justicia social. Incentivos tributarios. - son medidas legales que suponen la exoneración o una minoración del impuesto a pagar, y cuya finalidad es promover determinados objetivos relacionados con políticas productivas como inversiones, generación de empleo estable y de calidad, priorizar la producción nacional y determinados consumos, contención de precios finales, entre otros. La siguiente guía tiene por objeto dar directrices y ejemplificar, de manera clara, la aplicación de los beneficios a los que tienen derecho las personas adultas mayores en el ámbito tributario, acompañando estas directrices con el uso correcto de las aplicaciones tecnológicas que el Servicio de Rentas Internas pone a disposición de la ciudadanía para el cumplimiento de sus obligaciones y ejercicio de sus derechos. Este documento ofrece además una guía práctica dirigida a los empleadores, personas naturales o jurídicas, que les permite conocer los incentivos tributarios establecidos en la normativa tributaria vigente por la contratación de personas adultas mayores.
EXONERACION A LA PROPIEDAD DE LOS VEHICULOS MOTORIZADOS  Y DEL IMPUESTO AMBIENTAL
Trámite habilitado por el Servicio de Rentas Internas (SRI) que permite a las personas naturales o jurídicas obtener la exoneración del Impuesto Ambiental a la Contaminación Vehicular para automotores de carga pesada en la Actividad Productiva o de Comercio, mediante la presentación de los requisitos correspondientes en los diferentes canales de atención habilitados al ciudadano a nivel nacional.

¿A quién está dirigido?

El Servicio de Rentas Internas (SRI) cataloga como beneficiarios de este trámite a las personas naturales (ecuatorianas o extranjeras) o personas jurídicas (públicas o privadas) que requieran obtener la exoneración del Impuesto Ambiental a la Contaminación Vehicular por actividad productiva o de comercio.

Dirigido a: Persona Jurídica - Privada, Persona Jurídica - Pública, Persona Natural - Ecuatoriana, Persona Natural - Extranjera.

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

Requisitos (básicos) para realizar el trámite a través del canal presencial:

  • Cédula de identidad (Presentación)
  • Certificado de votación (Presentación)
  • CAMV (si la importación fue hasta septiembre de 2006) o DAU (si la importación fue hasta octubre de 2012)
  • DAI (si la importación fue posterior a noviembre de 2012) o RAMV (si la importación fue posterior a septiembre de 2006)
  • Formulario de solicitud de exoneración, reducción o rebaja especial de impuestos vehiculares
  • Matrícula vehicular

Requisitos alternativos para el canal presencial (suplen la presentación de un requisito básico):

  • Pasaporte ordinario (Presentación)
  • Certificado de presentación (Presentación)
  • Certificado de exención (Presentación)
  • Certificado de Matrícula
  • Certificado Único Vehicular
  • Factura de compra

Requisitos para realizar el trámite en línea:

  • Número de identificación del contribuyente
  • Clave de acceso a servicios en línea

Requisitos para realizar el trámite a través de plataforma GOB.EC:

  • Firma electrónica (firmar exclusivamente con aplicativos FIRMA.EC y AdobeAcrobat)
  • Anexos sin firma electrónica

Nota: Para el caso de personas jurídicas se considerará la documentación del Representante Legal

Requisitos Especiales:

Segmentos específicos o terceros autorizados:

  • Carnet de refugiado
  • Carta de autorización en línea
  • Poder general o especial
CONTRIBUYENTES ESPECIALES

¿Cuáles son los parámetros para la calificación de agentes de retención y contribuyentes especiales?

 

En el Título VI del Reglamento para la aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno (LORTI), de los agentes de retención y los contribuyentes especiales, se estipulan los siguientes parámetros, para la selección por parte de la Administración Tributaria, de los contribuyentes que integrarán los respectivos catastros:

 

Para la calificación de agentes de retención, el Servicio de Rentas Internas (SRI) considera, entre otros, los siguientes parámetros respecto de los dos últimos ejercicios fiscales:

  • Se encuentren obligados a llevar contabilidad;
  • Presenten un perfil positivo de cumplimiento de obligaciones tributarias y deberes formales;
  • No registren deudas tributarias firmes relacionadas con la retención de impuestos;
  • La relación de su Impuesto a la Renta causado y el total de los ingresos no represente una carga tributaria menor respecto a la de su sector económico;
  • No hubiesen sido calificados por la Administración Tributaria como empresa fantasma o con transacciones inexistentes.
  • Otros establecidos por la propia Administración Tributaria, que por su naturaleza permitan un adecuado control tributario.

 En lo que respecta a los contribuyentes especiales, se consideran entre otros parámetros:

  • El monto de sus activos;
  • El volumen y relevancia de sus transacciones;
  • La participación en la recaudación tributaria.

 

¿Pueden ser las microempresas designadas como agentes de retención?

Los contribuyentes sujetos al Régimen Impositivo para Microempresas no serán agentes de retención del Impuesto a la Renta ni del Impuesto al Valor Agregado, excepto en los casos en que sean calificados por el SRI como agentes de retención o contribuyentes especiales, y en los demás casos en los que la normativa tributaria vigente establezca dicha obligatoriedad.

Para efecto se debe considerar que, para la calificación como agentes de retención o contribuyentes especiales de los contribuyentes sujetos al régimen de microempresas, el SRI, observa los mismos parámetros establecidos en la normativa tributaria vigente, para la calificación de los contribuyentes en general.

 

¿Cuáles son las obligaciones de los agentes de retención?

Todos los contribuyentes que, de conformidad con la normativa tributaria vigente, realicen retenciones de impuestos, entre otras obligaciones generales previstas en la normativa tributaria vigente, se encuentra obligados a:

  1. Efectuar las retenciones en la fuente por concepto de Impuesto a la Renta e Impuesto al Valor Agregado, inclusive si el sujeto retenido es otro agente de retención, salvo los casos en los que la normativa de manera expresa por otras condiciones prohíba tal retención.
  2. Expedir los respectivos comprobantes de retención en la fuente, dentro del plazo máximo de cinco días de recibido el comprobante de venta.
  3. Los contribuyentes designados por el SRI como agentes de retención deberán hacer constar en todos sus comprobantes de venta, comprobantes de retención y documentos complementarios, la leyenda: "Agente de retención " y el número de la resolución que fueron calificados. Si por cualquier motivo perdieran la designación de agente de retención, deberán dar de baja todos aquellos documentos con la leyenda indicada.
  4. Los contribuyentes designados por el SRI como especiales deberán hacer constar en los comprobantes de venta, comprobantes de retención y documentos complementarios, la leyenda: "Contribuyente especial" y el número de la resolución con la que fueron calificados. Si por cualquier motivo perdieran la designación de "Contribuyente especial", deberán dar de baja todos aquellos documentos con la leyenda indicada.
  5. Los contribuyentes sujetos al Régimen Impositivo para Microempresas, en sus documentos autorizados, además de incluir la leyenda "Régimen Microempresas"; deberán incluir las leyendas: "Agente de retención" o "Contribuyente especial" en caso de tener cualquiera de estas calidades.
  6. Los agentes de retención están obligados a llevar los correspondientes registros contables por las retenciones en la fuente realizadas y de los pagos por tales retenciones, además mantendrán un archivo cronológico, de los comprobantes de retención emitidos por ellos y de las respectivas declaraciones.
  7. Presentar las correspondientes declaraciones y pago de los valores retenidos, en los plazos establecidos en la normativa tributaria vigente.
  8. Los contribuyentes sujetos al Régimen Impositivo para Microempresas que, en los casos previstos en la LORTI y su Reglamento para aplicación, hubieren efectuado retenciones en la fuente, deberán declararlas y pagarlas en forma semestral, incluso en el caso que hubieren sido calificados como agente de retención o contribuyente especial. En los casos en los cuales el contribuyente no hubiere efectuado retenciones, no deberá presentar la respectiva declaración.

 

¿En dónde se puede consultar el detalle de contribuyentes que fueron calificados por el SRI como agentes de retención y contribuyentes especiales?

De conformidad con la Resolución No. NAC-DGERCGC20-00000057, el SRI mantiene publicado en su portal web institucional (www.sri.gob.ec) los catastros de agentes de retención y de contribuyentes especiales, designados como tales, los mismos que serán actualizados periódicamente de acuerdo con las designaciones o exclusiones, que efectúe la Administración Tributaria. Accede aquí a los catastros de agentes de retención y de contribuyentes especiales.

Adicionalmente, los contribuyentes designados como agentes de retención o contribuyentes especiales podrán verificar la información actualizada en su certificado del RUC a través del portal web institucional www.sri.gob.ec.

 

¿Cuál es el tiempo de vigencia de la calificación de agentes de retención o contribuyentes especiales?

En el artículo 1 de la resolución Nro. NAC-DGERCGC20-00000057 se establece que el SRI, de conformidad a sus competencias legalmente establecidas, podrá realizar, en cualquier tiempo, la designación de agentes de retención y contribuyentes especiales, a través de resolución de carácter general o mediante acto administrativo debidamente motivado.

En el mismo artículo, se establece que los contribuyentes  designados como agentes de retención o contribuyentes especiales mantendrán aquella calificación hasta que la misma sea revocada en la forma prevista en dicha resolución, y que la impugnación que interponga el contribuyente, sobre la designación de agente de retención o de contribuyente especial, no suspende el ejercicio de las obligaciones inherentes a tal designación, hasta que mediante sentencia o resolución firme o ejecutoriada se disponga lo contrario.

Cabe señalar, que la designación de agentes de retención o contribuyentes especiales, no se pierde por la suspensión del RUC, sino únicamente en los casos que el SRI emita la respectiva Resolución que revoque dicha designación.

REGIMEN MICROEMPRESAS

El Régimen Impositivo para Microempresas, es un régimen obligatorio, aplicable a los impuestos a la renta, valor agregado y a los consumos especiales para microempresas, incluidos emprendedores que cumplan con la condición de microempresas según lo establecido en el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones y el Reglamento correspondiente, siempre que no se encuentren dentro de las limitaciones previstas en la norma.

Para la categorización de microempresas se considerará a aquellos contribuyentes con ingresos de hasta USD 300.000 y que cuenten con hasta 9 trabajadores a la fecha de publicación del catastro. Para dicha categorización, prevalecerá el monto de ingresos sobre la condición de número de trabajadores.

Este régimen permite a los microempresarios cumplir sus obligaciones tributarias de forma ágil y simplificada, pues su estructura se basa en tres ejes:

  • Reducir significativamente el número de deberes formales pasando de 36 obligaciones generales anuales (en algunos casos 48) a 8 obligaciones anuales, dependiendo del caso.
  • Apoyar a la liquidez del microempresario siendo uno de los principales retos del emprendedor y en este caso del microempresario. La flexibilidad de presentar sus obligaciones tributarias de forma semestral le otorga al contribuyente varios meses de apoyo en relación con la liquidez, considerando que el desembolso de las obligaciones tributarias no las efectuará mensualmente sino de manera semestral.
  • Agilitar y simplificar el cumplimiento de sus obligaciones, con la finalidad de que su contribución impositiva sea rápida y sin complicaciones, ya que este régimen cuenta con una tarifa específica sobre sus ingresos, le proporciona al empresario control sobre su utilidad y evita toda la carga operativa que representaría sujetarse al régimen general lo correspondiente al cálculo del Impuesto a la Renta.
LIMITACIONES

No podrán acogerse al Régimen Impositivo para Microempresas:

  • Aquellos contribuyentes que se encuentren sujetos a regímenes impositivos simplificados u otro tipo de régimen tributario similar (incluye el Régimen Simplificado de las Organizaciones Integrantes de la Economía Popular y Solidaria).
  • Los organismos internacionales, organismos multilaterales, agencias especializadas internacionales, organismos no gubernamentales, las instituciones del Estado y las empresas públicas.
  • Las instituciones financieras sujetas al control de la Superintendencia Bancos y Seguros, y las organizaciones del sector financiero popular y solidario, sujetas al control de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria.
  • Aquellos que desarrollan exclusivamente las actividades previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley de Régimen Tributario Interno.
  • Aquellos que desarrollan exclusivamente actividades de ocupación liberal, así como las personas naturales cuya actividad económica sea la prestación de servicios profesionales, notarios y registradores.
  • Aquellos que desarrollen actividades de prestación del servicio de transporte terrestre público de pasajeros, así como los servicios de transporte terrestre comercial, conforme lo definido en el Reglamento General para la aplicación de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.
  • Los contribuyentes que obtengan exclusivamente ingresos bajo relación de dependencia.
  • Los contribuyentes que obtengan exclusivamente ingresos sujetos al Impuesto a la Renta único.
  • Aquellos que perciban exclusivamente rentas de capital, incluidas las sociedades tenedoras de acciones.
  • Actividades de exploración, explotación y/o transporte de recursos naturales no renovables.
  • Los ingresos de transporte internacional incluyen los obtenidos por transporte de pasajeros, carga, empresas aéreo expreso, Courier o correos paralelos constituidas al amparo de leyes extranjeras y que operen en el país a través de sucursales, establecimientos permanentes, agentes o representantes.
  • Comercializadoras de combustibles, corresponde a las comercializadoras y distribuidoras de derivados de hidrocarburos, gas licuado de petróleo, gas natural y biocombustibles que cuenten con los permisos correspondientes.








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